Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0441/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.2.En cuanto a la Resolución de la Jueza Novena de Instrucción en lo Penal
Se concluye también que, la Resolución de 23 de enero de 2006, cursante de fs. 5 a 6, rechaza la excepción de prescripción, señalando expresamente: “que el delito de bigamia es un delito permanente debido a que en la ejecución de la acción delictiva el autor está con el poder de continuar o cesar su acción antijurídica y que mientras ésta perdure el delito se reproduce cada instante en su acción consumativa” (sic).
- Fragmento 1
- I.1.1.2. En cuanto al matrimonio y divorcio con Paulina Irma Rojas Limón
- I.1.1.3. En cuanto al inicio de la acción penal
- I.1.1.4. En cuanto al recurso de apelación
- I.1.1.5. En cuanto a los actos denunciados como lesivos
- 1)
- : a)
- i)
- deniegan
- 2)
- II.2.En cuanto a la Resolución de la Jueza Novena de Instrucción en lo Penal
- objeto
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 14
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.3. La interpretación de la “legalidad ordinaria”
- a)
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR