AUTO CONSTITUCIONAL 0112/2010-RCA
Fecha: 05-Jul-2010
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Los recurrentes -hoy accionantes-, refieren que el Honorable Consejo Universitario de la UMSA, al emitir la Resolución HCU 5/0587/2078/2007, incurrió en una conducta antijurídica, al haberse apoyado en un certificado de nacimiento falso, aprobando una elección que tiene serios vicios de nulidad y que además ha vulnerado las normas contenidas en la propia convocatoria para la elección de dos autoridades, Decano y Vicedecano para la gestión 2007-2010, de la Facultad de Odontología de la UMSA, con evidente desconocimiento a sus derechos de uno de los accionantes, candidato a asumir la Decanatura; señalando, como conculcados sus derechos a la seguridad jurídica y a la petición. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si el Tribunal de garantías obró correctamente al declarar el rechazo in límine de la acción.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.4. Petitorio
- rechazó in límine,
- I.6. Tramite en el Tribunal Constitucional
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- debe verificar si no se está dentro de alguno de los supuestos de improcedencia establecidos por el art. 96 de la LTC. Lo que implica un plano de análisis distinto al de los requisitos de admisión
- Fragmento 9
- II.3. Requisitos de admisibilidad: de contenido y de forma
- fundamento (art. 97.III de la LTC)
- 1) el elemento fáctico que está referido a los hechos que sirven de fundamento al recurso
- III.1.3. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados (art. 97.VI de la LTC)
- II.4. Análisis del caso
- Fragmento 15
- con los fundamentos expuestos