suplir la actuación negligente en la que incurrió el mandante de los recurrentes
Por su parte, la SC 1562/2006-R, también al denegar la protección que brinda el amparo constitucional, sostuvo que lo que se pretendía a través de ese recurso, era “(…) suplir la actuación negligente en la que incurrió el mandante de los recurrentes en el proceso social seguido contra la Alcaldía que representa, no siendo posible atender ahora tales aspectos”.
- Partes: Gonzalo Arenas Camacho, en su calidad de Fiscal de Sustancias Controladas adscrito a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN)
- I. El amparo constitucional y la negligencia de quien acude a la jurisdicción constitucional
- actuación negligente de éste
- suplir la actuación negligente en la que incurrió el mandante de los recurrentes
- no “puede constituirse en una instancia alternativa que sirva para salvar la negligencia de las partes
- no tuvo una conducta activa al interior de dicho proceso
- de una actuación incorrecta de aquéllos carecen de relevancia desde la perspectiva del amparo constitucional cuando el error sea asimismo achacable a la negligencia de la parte”.
- 1.
- II.2.3.
- II.2.4.
- concedió
- la individualización de las partes
- II.4. Fundamentos de la disidencia
- 2.
- 3.
