Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0464/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
En virtud de dicho nombramiento, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se dispuso el reinicio de los cómputos. En consecuencia, se sorteó el expediente el 5 de abril del año en curso, posteriormente se convino la ampliación de plazo para dictar Resolución mediante Acuerdo Jurisdiccional 029/2010-Bis de 1 de junio del presente año y ante la necesidad de un mayor análisis, ulteriormente se amplió el plazo mediante Acuerdo Jurisdiccional 49/2010-Bis de 1 de julio del mismo año, razón por la cual, la Resolución se encuentra dictada dentro de plazo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10
- II.11
- II.12
- II.13
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 18
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3.1.
- III.3.2. La problemática planteada
- concedido
- APROBAR