Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0485/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 06/2006 de 13 de diciembre, cursante de fs. 127 a 128 vta., pronunciada por el Juez de Partido y Sentencia de Chuma provincia Muñecas del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Lucio Marco Antonio Oblitas Álvarez contra Lidia Patty Mullisaca, Fortunato Calamani, Irene Barrera, Jorge Challco Yujra y Aquelino Yujra Ticona, Presidenta y Concejales de
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Charazani Primera Sección Municipal; y Mario Callampa Villa, Adela Lidia Chiri Nina, Félix Mamani Mendo, Graciela Lizárraga Valdivia y Ferminia Paye Llanos, Presidente y Concejales de Curva Segunda Sección Municipal, todos de la provincia Bautista Saavedra del departamento de La Paz
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 4
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Seguridad Jurídica en la nueva Constitución
- III.4. Sobre la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR