Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
II.3.
II.3. A través de la RA 397/2006, el Alcalde Municipal de Yacuiba dispuso el cierre de la caseta 42, ubicada en la sección abarrotes del mercado “Lourdes”, Resolución que fue difundida por diversos medios de comunicación (fs. 50 y vta.). Asimismo, por nota de 29 de de noviembre de 2006, los hoy correcurridos Abel Cáceres Lamas y Dolly de Delfín rechazaron la solicitud efectuada por la recurrente, dándole el plazo de setenta y dos horas para restituir al Gobierno Municipal la referida caseta (fs. 3).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y funcionarios recurridos y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- (SC 0119/2010-R de 10 de mayo)
- subsidiariedad
- En cuanto a la subsidiariedad
- Sobre la legitimación activa
- nota de 29 de noviembre,
- carece de legitimación pasiva
- poseedora
- APROBAR