SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración de su derecho al trabajo y del principio de legalidad, puesto que, desde la gestión 2003, subalquila la caseta 42, del mercado “Lourdes”, de propiedad del Gobierno Municipal de Yacuiba, pagando un canon de alquiler de $us50.-(cincuenta dólares estadounidenses), a Yolanda Gutiérrez de Téllez, así como trimestralmente a la Alcaldía Municipal de Yacuiba. Sin embargo, pese a lo anotado, sin que haya existido trámite administrativo alguno, el 7 de diciembre de 2006, funcionarios del Gobierno Municipal de Yacuiba procedieron al ilegal cierre de dicha caseta, y que a pesar de su reclamo, le conminaron a desalojar dicha caseta en un plazo de setenta y dos horas, y finalmente el 19 de diciembre de 2006, funcionarios municipales procedieron a retirar de la caseta parte de su mercadería y se la llevaron sin rumbo conocido, por lo que los actos relatados son ilegales, por no haberse sustentado en proceso judicial o administrativo alguno, conforme a los procedimientos civiles o municipales. Por consiguiente, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.