Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
nota de 29 de noviembre,
De la lectura del memorial de demanda, lo aseverado en audiencia y de la documental aparejada, se tiene que, la accionante cuestiona y solicita se revoque la nota de 29 de noviembre, sobre la conminatoria a la entrega de la caseta 42, en el plazo de setenta y dos horas, y la similar de 7 de diciembre de 2006, referida al aviso de cierre de la caseta y conminatoria a que retire su mercadería, demandando a los funcionarios que firmaron las mismas, Dolly de Delfín, Oficial Mayor Administrativa; Abel Cáceres Lamas, Jefe de Ingresos y María Isabel Aguirre, Encargada de Servicios todos del Gobierno Municipal de Yacuiba.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y funcionarios recurridos y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- (SC 0119/2010-R de 10 de mayo)
- subsidiariedad
- En cuanto a la subsidiariedad
- Sobre la legitimación activa
- nota de 29 de noviembre,
- carece de legitimación pasiva
- poseedora
- APROBAR