SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0534/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, alega la vulneración de los derechos de su mandante a la defensa y al debido proceso y de los principios de legalidad y seguridad jurídica, señalando que al pronunciar la Sentencia agraria dentro del proceso contencioso administrativo, no consideraron que las irregularidades del proceso de saneamiento sobre el predio “Tacuaral” ubicado en el cantón Izozog de la provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, son reconocidas expresamente por el Director Nacional del INRA; estando el predio dentro de lo que exige la función económico social, al existir errores en este registro, correspondiendo que se declare probada la demanda contenciosa administrativa, reconociendo la superficie total que asciende a 1 050,6181 ha. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del representado de la recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La acción de amparo constitucional y la valoración de la prueba producida en la jurisdicción ordinaria
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR