SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0615/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.5.
II.5. Armando Cardozo Saravia, mediante providencia de 10 de enero de 2007, no se allana a la recusación formulada por las causales 4), 5), 7), 8), 9) y 11) del art. 3 de la LAPCAF bajo las siguientes consideraciones: a) Con respecto a la causal 4°, tanto a la parte demandada, como a la empresa MLV TRADE, no las conoce, pues las actuaciones en estrados se ha hecho a través de apoderados, por lo que no es evidente, que concurra la causal invocada; b) Respecto a la causal 5°, sobre el particular, no se presento prueba que demuestre la supuesta enemistad, odio o resentimiento; c) Con relación a la causal 7°, refiere que lo menos que pudo hacer la parte recusante, es haber adjuntado una copia de la demanda del litigio que afirma existir; d) Que no ha sido, ni pudo haber sido abogado o mandatario en el proceso, jamás se le convoco como testigo, mucho menos de perito o tutor por lo que la invocada causal 8°, carece de todo fundamento; e) Con referencia al inc. 9), no emitió opinión alguna sobre la justicia o injusticia del litigio antes de asumir conocimiento de el, sí intervino en calidad de Vocal, emitió decisiones por mandato de la ley conforme el art. 236 del CPC, no habiéndose probado válidamente la causal; y, f) Se invoca la causal 11va., refiriendo que el suscrito Vocal, no ha denunciado ni a la Prefectura o su representante legal, ni a la empresa MLV TRADE, o a sus representantes legales, antes ni después de iniciado el presente proceso, desconociendo haber sido notificado con denuncia o querella alguna (fs.35 a 36).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- i)
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- ARTÍCULO 10.- (TRÁMITE) I.
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR