SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0617/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0617/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

1)

El abogado de la recurrente ratificó la demanda y ampliándola señaló que: 1) El esposo de su cliente se vio sorprendido con una orden verbal de arresto en su contra con el pretexto de que se le iba a someter a una investigación, pero ese mismo día, supuestamente el Secretario Sumariante se hizo presente en instalaciones de la Primera Brigada Aérea de El Alto, notificando al indicado a horas 12:10, con el Auto inicial de sumario informativo, debiendo comparecer ante el Juzgado Militar de las Fuerzas Armadas (FF.AA), ubicada en Plaza Isabel la Católica, piso 11, el día lunes 31 de marzo de 2008 a horas 9:30, para que se le reciba su declaración informativa dentro del sumario informativo militar instaurado contra Juan Manuel Cornejo para esclarecer la supuesta comisión del delito de apropiación de armamento ocurrido en instalaciones de la Brigada Aérea de El Alto; 2) El representado no recibió copia del Auto inicial del sumario informativo, por lo que se encuentra en estado de indefensión, habiendo acudido a todos los medios posibles para que el Juez Sumariante y el Secretario enseñen la documentación pertinente, pero no fueron atendidos; 3) Sabiendo que la notificación practicada era para que Marco Antonio Calvo Zárate se haga  presente en Plaza Isabel la Católica, su esposa y el abogado estuvieron a la hora indicada en el lugar, pero no se presentó nadie y, posteriormente, se enteraron que el Tribunal Sumariante se había constituido en El Alto para recibir su declaración informativa, pero también se enteraron que el Juez Sumariante dictó el Auto inicial de sumario contra una tercera persona, de nombre Juan Manuel Cornejo, no así contra el esposo de su cliente, constando en el reverso del documento haberse dispuesto la citación a testigos, de manera que presumen que su representado figura como testigo, pero le obligaron a declarar como si fuera encausado, además, se le designó un defensor de oficio, por lo que se debe aclarar su situación legal sobre si es encausado o testigo, asimismo no saben si está detenido, pero lo cierto es que fue escoltado en calidad de detenido; 4) Luego de la declaración informativa que prestó, el Juez del Sumariante no definió la situación legal del representado, desconociendo si está detenido o arrestado, evidenciándose que se le tomó declaración testifical, pues consta que se le recordó que el falso testimonio está penado por ley, de modo que si fue arrestado para ser conducido a declarar como testigo, correspondía dejarlo en libertad concluida su declaración, pero a la fecha sigue guardando detención en la Brigada Aérea de El Alto; y, 5) De acuerdo al art. 106 de la “Ley Penal Militar”, se tienen diez días para que concluya el sumario y determinar la situación legal de la persona, pero en este caso Marco Antonio Calvo Zárate ya lleva seis días privado de su libertad, sin que exista orden alguna del Juez Sumariante, pese a que el Código de Procedimiento Penal determina que el arresto no debe durar más de ocho horas.