Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0617/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
2º CONCEDER
2º CONCEDER la tutela solicitada respecto a Eddy Veizaga Reyes, Juez Sumariante, no obstante dimensionando los efectos de la presente Sentencia Constitucional, en caso de que a momento de su notificación, estuviere definida la situación jurídica del accionante, se tienen válidas las actuaciones impugnadas.
- hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2.
- para que presten su declaración testifical
- después de
- antes de que se produzcan las declaraciones del encausado y de los testigos, el Juez Sumariante, hoy demandado dictó la Resolución de 28 de marzo de 2008, disponiendo la aprehensión e incomunicación
- el Juez Sumariante denunciado procedió directamente a ordenar la aprehensión e incomunicación de todas las personas notificadas con el Auto inicial de sumario
- III.4.
- POR TANTO
- 2º CONCEDER