SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

I.2.1.

El abogado de la parte denunciante, ratificó íntegramente los términos del recurso y ampliándolos señaló que, los dos puntos sobre los cuales no existió pronunciamiento en la resolución de la recusación son modulares para el conocimiento de la causa, extremos que tampoco fueron resueltos por los demás demandados, pese a que se presentó como pruebas las actas de audiencia correspondientes, asimismo existe suficiente jurisprudencia que señala que las resoluciones deben ser debidamente fundamentadas, caso contrario es atentatorio al debido proceso.