SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

II.3.

II.3. Mediante Auto 109/06 de 8 de noviembre de 2006, el Juez Técnico del Tribunal Segundo de Sentencia, rechazó la recusación, y luego de referirse a los puntos cuestionados, fundamento que la recusación fue presentada después de iniciado el juicio, señalando que la audiencia de celebración de juicio oral se inició a horas 10:30 del día miércoles 8 de noviembre de 2006, y el memorial de recusación fue presentado en Secretaría del Tribunal el mismo día a horas 11:00 y luego de la fundamentación fiscal de acusación, concluyendo que fue extemporáneo no ajustándose a lo previsto por el art. 319 inc. 2) del CPP (fs. 16 y 17).