SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0628/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0628/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

I.1.1. Hechos que lo motivan

Las agraviadas, -sus hijas menores de edad-, estudiaron en la gestión 2006 en el colegio Alemán de Santa Cruz; D.B.C., reprobó la asignatura de inglés y M.A.L.T., la de matemáticas, que de acuerdo al sistema de compensación de calificaciones, aprobado por la Resolución Suprema (RS) 150782 de 11 de agosto de 1969, le correspondía a D.B.C. compensar la materia de inglés con las materias del grupo B: Estudios sociales, biología y religión; mientras que a M.A.L.T., con aquellas del grupo B: biología, filosofía, psicología y religión. Empero, en franco desconocimiento a sus propias normas jurídicas, la “Unidad Educativa Privada Alemán”, se negó a considerar dentro del grupo B la materia de Religión; no obstante que, en las libretas de calificaciones de la gestión 2006, esta asignatura forma parte de ese grupo; consecuentemente, sus hijas están imposibilitadas de ser promovidas al curso superior que les corresponde.

El Colegió Alemán, pretende justificar el cambio de la asignatura de Religión del grupo B al C, con la circular que entregaron a los padres de familia el 13 de enero de 2005, mediante la cual comunican que la materia de Religión es asignatura del grupo C para los efectos de compensación; sin considerar que, la propia Dirección del Colegio Alemán, a través de la Reglamentación Complementaria Interna del año escolar 2006, expresamente establecen que los alumnos se deben sujetar a la Resolución Suprema aludida para el Sistema de Promoción, así como al Convenio Escolar Alemán 352/7 de 25 de agosto de 1976; sin embargo, excluyó su propio marco normativo, desconociendo las bases jurídicas preestablecidas, procurando aplicar la circular que corresponde a la gestión 2005, que en todo caso, es dejada sin efecto por la Reglamentación de 2006 referida.

El 28 de noviembre de 2006, solicitaron al Director del Servicio Departamental de Educación (SEDUCA), que instruya al Director Colegio Alemán de Santa Cruz, presente la documentación legal que respalde las modificaciones al sistema compensatorio de calificaciones; y respondida que fue, mereció la Resolución Administrativa (RA) 2940 de 7 de diciembre de 2006, notificada al Colegio Alemán de Santa Cruz, el 2 de enero de 2006 conminando a la Dirección de la unidad educativa referida, dar estricto cumplimiento al Sistema Compensatorio establecido en la RS 150782. Contra esta Resolución Administrativa, los recurridos presentaron recurso de apelación, que al no ser el medio de impugnación idóneo, quedó ejecutoriada; a pesar de ello, los directivos del Colegio Alemán, se rehúsan a dar cumplimiento al pronunciamiento administrativo.