SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0628/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0628/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

III.4.1.

III.4.1. Además de lo manifestado, es necesario llamar la atención al SEDUCA de Santa Cruz, puesto que una vez emitida la RA 2940 y de haber conminado en forma escrita al Director del Colegio Alemán de Santa Cruz, a su cumplimiento, no utilizó los mecanismos de coerción o persuasión necesarios para su ejecución, con mayor razón tomando en cuenta el contenido del Decreto Supremo (DS) 23951, que entre las facultades que le reconoce al director departamental de educación, en el art. 17.9 dispone: “Cumplir y hacer cumplir el Código de Educación y el conjunto de normas y disposiciones conexas”; por otro lado, el Manual de Organización y Funciones del SEDUCA de Santa Cruz, en la sección correspondiente a la descripción de funciones de su director, en el punto 4 precisa: “Emitir resoluciones administrativas para resolver asuntos de su competencia”; en consecuencia, es el mismo SEDUCA de Santa Cruz es el que tiene la obligación de hacer cumplir tanto las normas generales como específicas relativas al ámbito de la educación, así como las disposiciones asumidas a momento de resolver los conflictos que devienen a nivel departamental.