SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0639/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0639/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

así como al juez o tribunal u órgano que tiene competencia para revisar y corregir esa actuación

En ese sentido, la SC 1111/2005-R de 12 de septiembre, señaló que: “Para aquellos casos en los que los actos o decisiones denunciados de lesivos a los derechos fundamentales del recurrente hubiesen sido cometidos en la substanciación de un proceso judicial, proceso o procedimiento administrativo la legitimación pasiva le corresponde al juez, tribunal u órgano que inicialmente ejecutó el acto o asumió la decisión, así como al juez o tribunal u órgano que tiene competencia para revisar y corregir esa actuación…”  (las negrillas fueron adicionadas).