Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0641/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
2)
2) El Concejo sesionó con el quórum reglamentario y legal, de acuerdo al art. 7 parágrafo 3 de la LM, sin que se haya violado el Reglamento de Debates, ya que la concejal Monterde tenía baja médica, por lo que dos tercios de cuatro, son tres votos de los concejales presentes y conformaron el quórum reglamentario.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 2)
- 3)
- procedente”
- a)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la vinculación de agravio directo y consecuencias jurídicas de la resolución o acto que se impugna
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18