SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0641/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0641/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, en su condición de Concejal del municipio de Padilla denunció que Teófilo Martínez Rodas, Pánfilo Puma Paniagua y Rocío Zenteno Padilla, Concejales recurridos hoy demandados del mismo Municipio, lesionaron su derecho a la seguridad jurídica, por cuanto nombraron a los miembros del Comité de Ética por tres votos, cuando de conformidad a los art. 35.V de la LM y el art. 53 del Reglamento Interno de Debates y Funcionamiento del Concejo Municipal de Padilla, estos deben ser elegidos por dos tercios, es decir cuatro de cinco votos. Corresponde, en revisión analizar, si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela que brinda la acción de amparo constitucional.