SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0646/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.7.
II.7. El 11 de abril de 2006, los imputados, ahora recurrentes, solicitaron la extinción de la acción (fs. 162 a 163). La misma que fue resuelta por Resolución "28 A/2006 de 11 de abril, librada por el Juez Tercero de Sentencia, René Delgado Ecos, quien rechazó la consideración de esta excepción (fs. 168 a 169). Ante esta Resolución los ahora recurrentes interpusieron recurso de apelación incidental (fs. 172 a 173 vta.), la cual fue resuelta por Resolución 406/06 de 17 de junio de 2006 la cual confirma la mencionada Resolución, con el fundamento de que el Código de Procedimiento Penal en su art. 308, prevé el planteamiento de excepciones señalando que deben ser planteadas conjuntamente, lo que inadecua el planteamiento de los imputados con una tercera excepción suficientemente fundamentada en la resolución apelada que señala que fueron los imputados los responsables del tiempo transcurrido ya que plantearon incidentes para dilatar el proceso así como su declaratoria de rebeldía ya que no se apersonaban a asumir defensa.
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- René Delgado Ecos, Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz
- Gerardo Torrez Antezana y Blanca Alarcón de Villarroel, Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- I.
- debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso
- Fragmento 21
- III.2.2.El caso concreto
- inmediatez
- El principio de inmediatez en el ámbito procesal
- "El principio procesal de inmediatez también implica el seguimiento del recurso o reclamo, y la reacción oportuna ante el silencio a los mismos
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- III.3.3.Caso concreto
- REVOCAR