Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0661/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.1.
II.1. Por Auto Supremo 063 de 10 de abril de 1997, la Sala Social de Minería y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia, declaró infundado el recurso de casación presentado por el representante legal de la Empresa Agroindustrial La Chonta Ltda. contra el Auto de Vista pronunciado por la Sala de Apelaciones del Tribunal Fiscal de la Nación dentro del juicio contencioso tributario seguido por la empresa, ahora recurrente, contra la Dirección General de Impuestos Internos (fs. 55).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Régimen jurídico aplicable al presente caso
- a) Fase determinativa.-
- b) Fase recursiva.-
- c) Fase de ejecución.-
- III.4. El Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.5. Procedimiento administrativo para plantear la prescripción tributaria
- III.6. Análisis del caso concreto
- APROBAR