Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.2.
II.2. Por Resolución Administrativa RACS-SC 3644/2004 de 30 de noviembre, cursante de fs. 291 a 292 consta la adjudicación de un predio denominado "Las Piedras" a favor de Hugo Jesús Suarez Perrogón. Asimismo, a fs. 118 cursa copia simple del Título Ejecutorial de 9 de marzo de 2005, expedido por el aquel entonces Presidente Constitucional de la República de Bolivia, Carlos Diego Mesa Gisbert, donde consta la titularidad y propiedad del fundo denominado "Las Piedras", a favor de Hugo Jesús Suarez Perrogón.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 5)
- 8)
- concedió
- b)
- d)
- e)
- f)
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. El principio de legalidad
- III.4. En el caso analizado
- los errores o defectos de procedimiento que materialmente no lesionan derechos y garantías fundamentales no tienen relevancia constitucional y por lo mismo, no son susceptibles de corrección por la vía del amparo, a menos que concurran necesariamente
- APROBAR