Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0710/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de 17 de julio de 2007, cursante de fs. 86 a 88, pronunciada por el Juez de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba; con la modificación señalada en el Fundamento Jurídico III.6 del presente fallo; y en consecuencia, CONCEDE la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- concediendo
- 2)
- 3)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3. Cumplimiento del principio de subsidiariedad en el presente caso
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- precautelando que dicho trámite prosiga hasta su conclusión evitando dilaciones injustificadas que atenten derechos fundamentales,
- APROBAR