SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0710/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Resuelta la solicitud de declinatoria de competencia en razón de territorio impetrada por la representante del correcurrido Gerente Regional de la Aduana de Cochabamba, por este Tribunal, mediante AC 199/2007-CA de 17 de abril (fs. 65 a 68), disponiendo la devolución inmediata del expediente de amparo al Juez de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo, para que el titular del mismo trámite y resuelva el recurso conforme a ley, haciendo notar que en lugar de velar por su correcta sustanciación resolvió por tramitar el incidente de declinatoria, circunstancia no prevista por las normas que regulan el procedimiento de estos recursos, no siendo posible tramitar un incidente, al desnaturalizar el objeto del recurso de amparo; el Juez de garantías, señaló audiencia pública que se realizó el 17 de julio de 2007, a horas 9:30, tal como consta del acta cursante a fs. 85, en presencia de la parte recurrente asistida de su abogado y en ausencia de las autoridades recurridas, se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- concediendo
- 2)
- 3)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3. Cumplimiento del principio de subsidiariedad en el presente caso
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- precautelando que dicho trámite prosiga hasta su conclusión evitando dilaciones injustificadas que atenten derechos fundamentales,
- APROBAR