Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0713/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
2º
2º Conforme el petitorio de la acción, dispone la no devolución del vehículo, entre tanto el Ministerio Público, previa investigación y en la vía legal correspondiente, demuestre la situación jurídica del vehículo al momento del secuestro y los actos que sobre su derecho propietario se tramitaron con posterioridad al mismo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- 1)
- a)
- i)
- “deniega”
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre la relevancia constitucional
- III.4. Principio procesal de verdad material consagrado en la Constitución Política del Estado
- Fragmento 20
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2º