Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0713/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
II.5.
II.5. Interpuesto el recurso de apelación incidental por el Ministerio Público, el 26 de enero de 2007, la Sala Penal Primera declaró improcedente el mismo argumentando que “no existe controversia a cerca de la tenencia del vehículo” (sic) y que el Ministerio Público no demostró la existencia de otra persona que reclame el derecho propietario o su devolución (fs. 8 a 11 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- 1)
- a)
- i)
- “deniega”
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre la relevancia constitucional
- III.4. Principio procesal de verdad material consagrado en la Constitución Política del Estado
- Fragmento 20
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2º