SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0740/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
procedente
Con esos antecedentes interponen el recurso de amparo constitucional contra Aida Paula Daza Gutiérrez y Cristian Carlos Ayaviri Berazain, “propietaria” del medidor de luz y “ex propietario” del café internet y centro de llamadas “Aquí ENTEL” “KOALANET”, solicitando sea declarado procedente, disponiendo: a) La restitución inmediata del ambiente de la calle Camargo 302, de la ciudad de Sucre; b) El cese inmediato de las actitudes ilegales de los recurridos; c) La prohibición expresa a los recurridos de realizar cualquier acto de hecho tendiente a perjudicar el normal desarrollo de sus actividades; d) La restitución inmediata del servicio de energía eléctrica, ordenando su ejecución a la recurrida; e) La condenación del pago de costas, daños y perjuicios ocasionados por los recurridos, averiguables en ejecución de sentencia; f) La remisión de antecedentes al Ministerio Público; y, g) Otras que se considere oportunas y necesarias.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- procedente
- 1)
- i)
- concede
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- SC 0096/2010-R
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- electricidad,
- los propietarios de inmuebles u otras terceras personas no pueden cortar o amenazar cortar dichos servicios, menos utilizarlos como mecanismo de presión para obtener la ejecución de algún acto,
- dicha acción se constituye en un acto arbitrario, ilegal o medida de hecho que indudablemente amerita la tutela directa e inmediata a fin de evitar el abuso de poder frente al usuario o titular del derecho, que al ser elemental y vital en los casos de la vivienda o morada familiar trasciende a otros derechos también fundamentales como ser a la vida, la salud y la dignidad, entre otros
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR