AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2010-RCA

Fecha: 11-Ago-2010

Disponer que el Tribunal de garantías, con carácter previo, otorgue el plazo de cuarenta y ocho horas, previsto por el art. 98 de la LTC, a efecto de que se subsane el requisito formal referido a señalar el nombre y domicilio del tercero interesado, y de acuerdo al resultado, se pronuncie la resolución que corresponda conforme a ley.