AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2010-RCA

Fecha: 11-Ago-2010

II.4. En cuanto a los argumentos del Tribunal de garantías, para declarar improcedente in límine la acción de amparo

En el presente caso, no es correcto considerar el cómputo de los seis meses, se debe realizar de forma corrida desde la notificación de la Resolucion 118/2007 el 03 de octubre, hasta la presentación de la acción el 9 de abril de 2008, puesto que este término fue interrumpido por el lapso de diecisiete días, con la presentación de un anterior amparo constitucional, el 17 de marzo; siendo rechazado el 25 de marzo y retirado el 3 de abril.