SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0759/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0759/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

“procedente”

Por Resolución 483/07 de 22 de junio de 2007, cursante de fs. 129 a 131, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituída en Tribunal de garantías declaró “procedente” el recurso de amparo constitucional, otorgándole la tutela, disponiendo la reposición de obrados hasta la Resolución dictada por la Jueza recurrida inclusive el Auto Interlocutorio 176/2006 de 31 de mayo, para que dicte una nueva resolución ateniéndose al precepto y a la norma, previa compulsa y revisión de antecedentes, para definir los incidentes planteados por la recurrente, en cuanto a la situación del vehículo, permanezca tal como está en este momento, en base a los siguientes fundamentos: 1) De la exposición como de la fundamentación del recurso, así como del informe de las autoridades recurridas, se llega a establecer que no han compulsado adecuadamente y en su globalidad, los elementos que fueron presentados tanto a nivel del incidente de calidad del bien planteado ante la Juez inferior ni por la Sala Penal Tercera, quién simplemente hace una referencia fáctica pero no fundamenta el por qué habría confirmado la Resolución del inferior; 2) Se ha infringido el art. 124 del CPP, puesto que no se ha realizado una fundamentación adecuada, debidamente motivada y no existe una relación de hecho y derecho; y, 3) La falta al debido proceso y a la seguridad jurídica es un acto consumado por las autoridades recurridas.