Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0760/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.2.
II.2. Por sendos memoriales presentados el 30 de octubre de 2006, el recurrente a través del primer escrito se apersonó al Juzgado Primero de Instrucción cautelar de Sacaba, manifestando su voluntad de someterse al proceso y al procedimiento; y formuló objeción a la querella (fs. 55 y vta.). Por el segundo, opuso excepción de prejudicialidad solicitando la suspensión del proceso (fs. 50 a 52 vta.); la que fue aceptada por Auto de 10 de noviembre de 2006 (fs. 63 a 66 vta.), pero revocada en apelación por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Auto de Vista de 12 de diciembre de 2006 (fs. 69 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- 1)
- a)
- I.2.3. Intervención de las terceras interesadas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1.
- La seguridad jurídica
- Debido proceso
- Fragmento 18
- III.3.
- SSCC 0757/2003-R
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR