Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0774/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.5.
II.5. A través de la OM 78/99 de 31 de diciembre de 1999, el Concejo Municipal de Vinto, elevó a rango de Ordenanza Municipal, la Resolución Municipal 48/99, aprobándose asimismo la RTA 251/99 (fs. 27 a 28), la que fue homologada por RS 226119 de 17 de enero de 2006, emitida por el Presidente de la República, Eduardo Rodríguez Veltzé y la Ministra de Desarrollo Sostenible, Martha Bozo Espinoza (fs. 29 a 30).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3. Del principio de subsidiariedad que caracteriza al amparo constitucional
- III.4. El caso analizado
- el art. 32.I de la LPA, que respecto a la validez y eficacia de los actos administrativos señala que
- APRUEBA