SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0775/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado ante la misma autoridad jurisdiccional el 10 de agosto de 2005, Luis Alberto Serrate Middagh, se apersonó al proceso y acompañando certificados de nacimiento suyo, defunción de su padre y matrimonio de sus progenitores, interpuso tercería de dominio excluyente, arguyendo que los bienes dados en garantía eran gananciales y a la muerte de su padre en calidad de heredero forzoso tiene derecho propietario sobre los mismos (fs. 17 a 21 vta.), resuelta por Auto de 12 de diciembre de 2005, que la declaró improbada en virtud a que el tercerista no dio cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 359 y 360 del CPC, porque no presentó ningún documento público ni privado que demuestre dominio sobre los bienes afectados dentro de la causa, menos ha demostrado alguna inscripción anterior al embargo y los documentos aparejados demuestran otros hechos y de ninguna manera constituyen dominio sobre los bienes afectados por la acción del demandante; y que no presentó ningún documento inscrito con anterioridad al embargo (fs. 29)
- amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades correcurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Facultad de valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Respecto a la tercería de dominio excluyente en el proceso coactivo civil
- APROBAR