SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0793/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 004/2008 de 7 de mayo, cursante de fs. 93 a 99, pronunciada por el Juez Primero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, CONCEDE la tutela, y se dispone que la Jueza denunciada deje sin efecto la orden de apremio, debiendo otorgar al Liquidador del SNC en Liquidación un plazo razonable para que dé cumplimiento a la Sentencia pronunciada y cancele el monto devengado.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones previas: en cuanto a la aplicación de la Constitución Política del Estado y el uso de la terminología adecuada en la acción de libertad
- III.2.
- III.3. Liquidación del
- III.4. Análisis del caso que se analiza
- las obligaciones emergentes de procesos administrativos, judiciales o arbitrales
- Fragmento 19
- APROBAR