Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0806/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve APROBAR, con el fundamento precedente, la Resolución 1/2008 de 10 de mayo, cursante de fs. 27 vta. a 29, pronunciada por el Juzgado Primero de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3.Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- procesamiento indebido
- III.4. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- III.5. Análisis del caso de denunciado
- improcedente
- APROBAR