Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0806/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
La autoridad recurrida es Elizabeth Arismendy Chumacero, Jueza Primera de Instrucción en lo Penal cautelar del Distrito Judicial de Potosí. En el petitorio se solicita se guarden las formalidades legales y se declare procedente el recurso, disponiendo la anulación del decreto de 5 de marzo de 2008, que autoriza la ampliación ilegal de la imputación formal contra el ahora recurrente hasta que se promueva legalmente la investigación por cuerda separada conforme a los arts. 284, 302 y ss., del CPP, disponiendo su libertad y el cese de procesamiento ilegal e indebido.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3.Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- procesamiento indebido
- III.4. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- III.5. Análisis del caso de denunciado
- improcedente
- APROBAR