SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0811/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
denegó
La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, dictó la Resolución 33/2007 de 22 de junio, cursante fs. 354 a 355 en la que denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) La Resolución de anulación del proceso de contratación se fundó en el informe técnico de la ARPC que determinó la pertinencia de solicitar a las empresas proponentes sus estados financieros de la gestión 2005, para medir el grado de solvencia y liquidez del periodo más cercano a la prestación de servicio, así también se basó en el informe de Asesoría Legal, que advirtió los riesgos legales y pertinencia de complementar el Pliego de Condiciones, velando por los intereses de la Cámara de Diputados; 2) La decisión de anulación del proceso no es atentatoria de los derechos y garantías demandados ya que de acuerdo al art. 47 del DS 27328, el informe de la Comisión de Calificación no crea derecho alguno a favor del proponente recomendado; 3) “Athina Tours” S.R.L., conforme lo señalado en la Resolución 02/2006, debió presentar el balance general de la gestión 2005, máxime si como refirió en audiencia, lo hubiera presentado si se lo pedían en la reunión de aclaración; y, 4) El recurso es inviable porque no se dan los presupuestos establecidos en los arts. 19 de la CPEabrg y 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- Desarrollo constitucional y jurisprudencial
- garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- de inmediatez
- Fragmento 23
- III.4. Del cómputo del plazo de los seis meses
- IV. Análisis del caso
- denegado
- APROBAR