SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0811/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0811/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

II.4.

II.4. La autoridad recurrida, como MAE de la Cámara de Diputados, mediante Resolución 002/006 de 27 de abril de 2006, notificada el mismo día, dispuso la anulación del proceso de contratación, hasta el momento en que la unidad solicitante inserte en el Pliego de Especificaciones la obligación de presentar el balance de la gestión 2005 y luego de ello se reinicie el proceso, previa notificación a los proponentes; fundamentando su decisión en los arts. 33 de la (LACG) y 18 del DS 27328 y argumentando que por el procedimiento de pago del servicio (no inmediato) se requería que la empresa adjudicataria cuente con la solvencia necesaria para atender los requerimientos de la Cámara de Diputados, de lo que infiere la urgencia y necesidad de exigir el balance de la gestión 2005 (fs. 72 a 75).