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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0814/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0814/2010-R

    Fecha: 02-Ago-2010

    Fragmento 25

               Conforme a las normas constitucionales y a la jurisprudencia glosada, se tienen claramente diferenciados los mecanismos legales a ser utilizados por las personas, cuando aleguen lesión al derecho al juez natural: Así cuando se alegue lesión a sus elementos imparcialidad e independencia, el medio idóneo de impugnación será la acción de amparo constitucional; en tanto que si impugna la competencia, la vía idónea es el recurso directo de nulidad.

    • amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • 1)
    • 2)
    • 3)
    • 4)
    • 5)
    • concedió
    • a)
    • b)
    • I.3.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2.  Términos procesales en la acción de amparo constitucional
    • III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
    • Fragmento 23
    • Fragmento 24
    • Fragmento 25
    • III.4. La subsidiariedad de la acción amparo constitucional
    • Fragmento 27
    • III.5. El caso en examen
    • Fragmento 29
    • Fragmento 30
    • III.6.   Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado.
    • REVOCAR

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