Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0814/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.7.
II.7. Por memorial de 14 de noviembre de 2006, Nilzza Tórrez Lunario solicitó enmienda, complementación y aclaración de la RA 02/2006 (fs. 29 a 30), y por Resolución de 16 de noviembre de 2006, el Juez Sumariante aclaró la Resolución impugnada (fs. 31), que le fue notificada a la recurrente, de acuerdo al cargo cursante en la misma Resolución el 22 de noviembre de 2006 (fs. 31).
- amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- concedió
- a)
- b)
- I.3.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.4. La subsidiariedad de la acción amparo constitucional
- Fragmento 27
- III.5. El caso en examen
- Fragmento 29
- Fragmento 30
- III.6. Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado.
- REVOCAR