Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Agregó que las autoridades recurridas vulneraron sus derechos fundamentales al actuar de Tribunal de casación malinterpretando y aplicando indebidamente el art. 15 de la Ley de Organización Judicial abrogada (LOJabrg), de manera ultra petita anularon obrados, señalando la infracción de normas que fueron debidamente contempladas en la Sentencia dictada por la Jueza a quo, pues tomaron en cuenta el tema de los alquileres devengados, desvirtuando la naturaleza del proceso de desalojo en el que no se discute el pago o no pago de los alquileres, si fueron pagos anticipadamente o indebidamente, aspectos que como dispuso la Jueza de primera instancia, deben ser establecidos en un proceso ordinario.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3.
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”
- “accionante”
- III.3.1. El deber de motivación de las resoluciones judiciales
- III.3.2. Análisis de la problemática planteada
- POR TANTO