SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0851/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0851/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

a)

El abogado patrocinante del recurrente, ratificó en su integridad los fundamentos del recurso, solicitando como medida cautelar la suspensión de la ejecución del mandamiento de desapoderamiento, mientras se resuelve el presente recurso en grado de revisión; y, amplió el fundamento expuesto, indicando que: a) En segunda instancia, no existe la notificación por inconcurrencia; b) No existiría retardación de justicia, porque ésta implica la resolución de causas fuera de los plazos previstos por ley; y, c) Los Vocales recurridos, reconocieron que las diligencias de notificación se practicaron en Secretaría de Cámara.

El abogado patrocinante del recurrente, ratificó en su integridad los fundamentos del recurso, solicitando como medida cautelar la suspensión de la ejecución del mandamiento de desapoderamiento, mientras se resuelve el presente recurso en grado de revisión; y, amplió el fundamento expuesto, indicando que: a) En segunda instancia, no existe la notificación por inconcurrencia; b) No existiría retardación de justicia, porque ésta implica la resolución de causas fuera de los plazos previstos por ley; y, c) Los Vocales recurridos, reconocieron que las diligencias de notificación se practicaron en Secretaría de Cámara.