Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0863/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.1.
II.1. El 22 de abril de 2003, Gilberto Padilla Flores en representación de sus mandantes, demanda pago de beneficios sociales, vacaciones y ropa de trabajo, admitida la misma y previos los tramites de ley, la Jueza Cuarta de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Santa Cruz, dicta Sentencia 24 de 25 de junio de 2004, declarando probada en parte la demanda interpuesta (fs. 13 a 29).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- admita
- a)
- i)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Acerca de la Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4.
- in dubio pro operario
- POR TANTO
- 2º CONCEDE