Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0863/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.2.
II.2. Por Auto de Vista 461 de 14 de octubre de 2004, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, confirma parcialmente la Sentencia dictada por la Jueza Cuarta del Trabajo y Seguridad Social de ese mismo Distrito Judicial, deliberando en el fondo excluye del pago de beneficios sociales a Carlos Berman Eguez Seoane, Paúl Aguilera Mansilla, Luis Uño Chambi y Liberato Vaca Diez Zeballos, por estar sus acciones y derechos en el ámbito de la “Ley 2027” y demás disposiciones afines (fs. 30 a 32 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- admita
- a)
- i)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Acerca de la Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4.
- in dubio pro operario
- POR TANTO
- 2º CONCEDE