Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0868/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.3.
II.3. Por Resolución 03/2005 de 25 de junio, el XI Consejo Nacional Ordinario del Colegio de Odontólogos de Bolivia, llevado a cabo en Quillacollo, se determinó desconocer definitivamente al “Ilustre Colegio de Odontólogos de Oruro” por ser un atentado a la integridad del Colegio de Odontólogos de Bolivia, poniendo en conocimiento de las autoridades departamentales y nacionales de la posible representación que se puedan atribuir y que estaría viciada de nulidad, disponiendo además que los integrantes del Ilustre Colegio de Odontólogos de Oruro sean sometidos al Tribunal de Honor Nacional (fs. 199 a 200).
- recurso de amparo constitucional
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- i)
- improcedente
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. El amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- Fragmento 25
- III.4. El caso de autos
- APROBAR