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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0881/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0881/2010-R

    Fecha: 10-Ago-2010

    acción de amparo constitucional

    Según la SC 0119/2010-R de 10 de mayo, refiere que: “En los casos en que no sea posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada se mantendrá la denegatoria, haciéndose constar tal situación, dado que el accionante  puede nuevamente interponer la acción tutelar, siempre y cuando, cumpla con los requisitos de admisibilidad”.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.1.3. Autoridades  recurridas  y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • 1)
    • i)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de   constitucionalidad
    • “recurso de
    • “accionante”
    • acción de amparo constitucional
    • III.3.
    • Fragmento 20
    • la subsidiariedad y la inmediatez
    • Fragmento 22
    • III.4. Efectos del proceso ordinario, una vez activado por la persona que se crea afectada con resoluciones judiciales
    • Fragmento 24
    • Fragmento 25
    • y menos aún, paralelo a la labor y recursos que se pueden accionar ante la jurisdicción ordinaria
    • APROBAR

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