SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0881/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0881/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

Fragmento 22

          A efectos de mejor entendimiento respecto a la utilización de un proceso ordinario, partiremos del objeto principal de este proceso señalando que: “ El proceso ordinario es aquel que tiene por objeto una pretensión tendiente a que el órgano judicial (o arbitral) dilucide y declare, mediante la ampliación de normas pertinentes a los hechos planteados y discutidos, el contenido y alcance de la situación jurídica existente entre las partes” como señala Palacio.