SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0881/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
La recurrente señala, que dentro de la demanda de reparación de daños y responsabilidad civil, seguida por Paul Sendran Leonhart y Néstor Antonio Higa, en representación de la empresa “ANSAL Ltda.” contra Roger Becerra Paniagua y Samuel Flores Rodríguez, sustanciado en el Juzgado de Partido en lo Penal Liquidador de la provincia Sara e Ichilo del departamento de Santa Cruz; el Juez de la causa ordenó el secuestro del motorizado de propiedad de la recurrente, con la intención de trabar el embargo y llevarlo hasta la subasta y remate.
Como consecuencia del ilegal secuestro de su motorizado, la recurrente presentó tercería de dominio excluyente, solicitando al Juez de la causa la exclusión del camión de su propiedad que data del año 2004. Dicha tercería fue declarada improbada, bajo el argumento de que existiría un gravamen sobre el motorizado, anterior a la inscripción de su derecho propietario.
Menciona también, que dentro de la demanda de reparación de daños, no se puede llevar a subasta y remate un motorizado que no es de propiedad de los demandados, pues de proseguir con el trámite de subasta se le estaría afectando su patrimonio sin darle lugar a utilizar recurso alguno, ya que no es parte en el proceso; y en consecuencia, no puede ejercer su derecho a la defensa como corresponde al debido proceso.
En consecuencia, pide que se admita el recurso de amparo constitucional y se le conceda la tutela solicitada, declarandose nulas las Resoluciones impugnadas; vale decir, el Auto de 14 de noviembre de 2006 (en el que la autoridad rechaza su oposición a la subasta y remate), el Auto de 13 de febrero de 2007 (la que señala nueva audiencia y remate) y el Auto de Vista de 12 de marzo del referido año.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- acción de amparo constitucional
- III.3.
- Fragmento 20
- la subsidiariedad y la inmediatez
- Fragmento 22
- III.4. Efectos del proceso ordinario, una vez activado por la persona que se crea afectada con resoluciones judiciales
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- y menos aún, paralelo a la labor y recursos que se pueden accionar ante la jurisdicción ordinaria
- APROBAR