SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0906/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.6.
II.6. El presente recurso de amparo constitucional fue interpuesto el 18 de octubre de 2006, tal cual consta de fs. 30 a 33; habiendo sido subsanado el 1 de noviembre del mismo año (fs. 60 a 62), se llevó a cabo la audiencia de amparo constitucional el 20 de noviembre de 2006 (fs. 152 a 155 vta.); no obstante, en ese ínterin del trámite de la acción de amparo constitucional, días después de presentada la demanda, el 23 de octubre de 2006, el imputado Israel Giles Pinto, activó otro medio de defensa, presentando ante el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, objeción a la admisibilidad de la querella, habiéndose señalado a dicho efecto audiencia de consideración a desarrollarse el día 26 de ese mes y año, a horas 10:00 (fs. 80 a 81).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- SC 0231/2010-R
- más allá de formalismos, son los hechos y la actitud de la persona supuestamente agraviada la que en definitiva conducen a determinar si hubo acto consentido o no
- SC 0083/2010-R
- III.4. Análisis del caso concreto
- dispuso que: "prosiga con las investigaciones realizada por el Ministerio Público hasta su finalización"
- en un plano de complementariedad
- Sobre la revisión extraordinaria de sentencia
- APROBAR