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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0912/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0912/2010-R

    Fecha: 17-Ago-2010

    II.18.

    II.18. Mediante Auto de 28 de abril de 2007, el Juez recurrido, revocó en parte el Auto de 13 del mismo mes y año, en lo que se refiere al otrosí segundo, modificándose de esta manera: “Acúdase a la Sra. Fiscal, como Directora del Proceso de Investigación, caso contrario fundaméntese debidamente” (sic) (fs. 48 vta.).

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • a)
    • i)
    • 1)
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.16.
    • II.18.
    • II.20.
    • III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • III.2.
    • APROBAR

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